¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Fuensalida?
La Mediación MASC en Fuensalida garantiza respuestas ágiles, menos costosas y participativas en lugar del proceso judicial. Favorece el diálogo entre las partes, evita gastos propios del litigio y facilita soluciones a medida que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC permiten un menor desgaste emocional y coste económico a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con potencial de anticipar disputas posteriores. Se busca resolver los conflictos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Fuensalida?
Los mediadores que colaboran en el proceso están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del resultado negociado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Resulta especialmente útil en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o retratos innecesarios en el proceso.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Fuensalida?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, especificando qué parte no ha acudido (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Fuensalida comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez confirmado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera comparecencia, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un acta de apertura donde deja reflejada su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de todos los participantes.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —completo o limitado— en un acta de acuerdos y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si el asunto está judicializado, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la Mediación MASC en Fuensalida depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el proceso jurisdiccional, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora se divide salvo pacto en contrario, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o derivadas desde instituciones públicas, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o precisa aprobación jurisdiccional, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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