¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Torredembarra?
La Mediación MASC en Torredembarra ofrece alternativas diligentes, de bajo coste y cooperativas como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y propicia pactos adaptados a cada caso que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC minimizan la tensión entre partes y suponen un menor gasto a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con efecto disuasorio de nuevos litigios. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Torredembarra?
Los especialistas en mediación se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, manteniendo la transparencia del procedimiento y del consenso derivado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un experto independiente, con título habilitante conforme al marco legal y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en controversias patrimoniales disponibles y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Es de gran utilidad en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Torredembarra?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Torredembarra comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez acordado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera comparecencia, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de apertura donde hace constar su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de todos los participantes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —total o parcial— en un acta final y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (valor ejecutivo), y si hay procedimiento judicial abierto, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación como MASC en Torredembarra depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el juicio ordinario, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora suele repartirse entre las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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