¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Los Palacios y Villafranca?
La Mediación MASC en Los Palacios y Villafranca garantiza vías de resolución expeditivas, económicas y participativas frente a los tribunales. Promueve la negociación directa entre las partes, minimiza los gastos procesales y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC reducen el impacto emocional y suponen un menor gasto a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con potencial de anticipar disputas posteriores. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Los Palacios y Villafranca?
Los mediadores que colaboran en el proceso están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, manteniendo la transparencia del procedimiento y del pacto alcanzado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, avalado por la legislación vigente y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Tiene especial aplicación en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o dilaciones judiciales innecesarias.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Los Palacios y Villafranca?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rehusa la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la mediación es voluntaria, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Los Palacios y Villafranca comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez acordado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera sesión informativa, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de comienzo donde consigna su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un documento y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (efectos ejecutivos), y si hay procedimiento judicial abierto, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación extrajudicial en Los Palacios y Villafranca depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una vía rápida frente a la vía contenciosa, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación suele repartirse entre las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o requiere convalidación judicial, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.