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Mediación en Los Palacios y Villafranca

Si necesita una solución extrajudicial en Los Palacios y Villafranca y demostrar el requisito previo de mediación, atendiendo al requisito de procedibilidad de la nueva Ley Orgánica 1/2025, te prestamos asistencia jurídica. Contamos con un equipo jurídico especializado en apoyar a otros profesionales del Derecho, con más de 15 años de experiencia en el ámbito de la mediación.

¿Qué pasos seguir para iniciar una mediación en Los Palacios y Villafranca?

Llamada telefónica
Contacte con nosotros solicite el presupuesto de su MASC.
Correo
Nos comunicamos con los interesados para formar parte del MASC.
Pago
Una vez aceptado el presupuesto, se agenda día de reunión.
Mesa redonda
Celebración de las reuniones necesarias para la mediación.
Opinión
Elaboración del acta final con acuerdo o sin acuerdo del proceso de mediación.
Sello
Emisión de certificado de conclusión del MASC para los abogados.

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Fases del proceso MASC

PASO 1

Premediación Fase inicial en el que las partes solicitan la mediación con los agentes MASC. Se explican las ventajas de la mediación y se aporta información general sobre el proceso.

PASO 2

Firma acta constitutiva Reunión con el objetivo de recoger toda la información y organizar los puntos de partida de cada una de las partes.

PASO 3

Alternativas y negociación El mediador participa activamente para conocer las alternativas que darían paso a resolver el litigio..

PASO 4

Redacción de acuerdos y firma del acta Se cierra el proceso de mediación con la constitución en título ejecutivo de conformidad.

Nuestras tarifas

INICIO MEDIACIÓN

  • Sesión inicial de 1.30h de duración
  • Sesión informativa e inicio proceso
  • Certificado no injerencia cliente
  • Propuesta nueva sesión mediación
  • Acta de sesión constitutiva
Desde 100+IVA(*) cada parte

+ SESIÓN ADICIONAL

  • Sesión de 1h de duración
  • Resumen asuntos tratados
  • Continuación proceso mediación
  • Resumen acta del día
  • Propuesta nueva sesión mediación
Desde 90+IVA cada parte

ACTA FINAL Y ACUERDOS

  • Sesión de 1h de duración
  • Resumen asuntos tratados
  • Cierre del proceso
  • Resumen acta final
  • Emisión certificado y factura
Desde 80+IVA cada parte

CERTIFICADO MASC

Certificación MASC del intento o proceso de mediación conforme a la Ley 1/2025, de 15 de enero, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Plena validez.

Incluido en el precio de la mediación. Sin sobrecostes.

GRATIS
(*) El precio es por cada parte y no incluye IVA. Mediaciones especiales/mercantiles/empresariales serán presupuestadas en función de la cuantía, las partes y/o la dificultad del asunto. En caso de no llegar a un acuerdo, se emitirá un certificado de mediación sin coste adicional.

¿Por qué optar por Conciliacion MASC como empresa mediadora?

¿Qué son los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC)?

Los sistemas no contenciosos engloban un sistema de actuaciones alternativos al proceso judicial contencioso, cuyo objetivo principal es solucionar el litigio a través de la voluntad negociadora de las partes implicadas.

A través de los mecanismos alternativos, el representante legal puede explorar soluciones dialogadas, mantener vínculos jurídicos y ofrecer a su representado una vía eficiente y legalmente protegida.

Obligatoriedad de los MASC en procedimientos civiles en Los Palacios y Villafranca

Uno de los núcleos normativos de la disposición legal 1/2025 es la implementación forzosa de los MASC en determinados asuntos contenciosos de carácter civil o mercantil.

De acuerdo con el nuevo artículo 2.2, antes de interponer una demanda judicial, será necesario acreditar haber intentado una solución extrajudicial del conflicto a través de un instrumento consensual, salvo en los siguientes supuestos:

  • Si hay peligro para la seguridad jurídica o económica de una de las partes.
  • Cuando la materia implique derechos no susceptibles de transacción.
  • En casos de urgencia o caducidad inminente.
  • Cuando el demandante ya haya intentado un MASC sin éxito en los seis meses anteriores.

¿Cómo puede ayudar la mediación a los abogados de Los Palacios y Villafranca?

La mediación, dentro del conjunto de instrumentos alternativos, se presenta como una herramienta valiosa para los abogados, quienes no solo pueden remitir el asunto al proceso de mediación, sino que también pueden intervenir activamente en el proceso.

Entre las virtudes relevantes que ofrece la vía negociada al abogado, destacamos:

  • Capacidad de influir en la resolución, al no depender de una determinación del juzgado.
  • Preservación de relaciones contractuales o familiares en desacuerdos persistentes.
  • Reducción de tiempos y costes, en comparación con la intervención judicial.
  • Refuerzo del asesoramiento jurídico al cliente, sumando herramientas legales.
  • Satisfacción del representado, al ofrecer un enfoque holístico y eficaz.

CONTACTA CON NOSOTROS

Dudas frecuentes sobre Mediación en Los Palacios y Villafranca

La Mediación MASC en Los Palacios y Villafranca garantiza vías de resolución expeditivas, económicas y participativas frente a los tribunales. Promueve la negociación directa entre las partes, minimiza los gastos procesales y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales. Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC reducen el impacto emocional y suponen un menor gasto a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con potencial de anticipar disputas posteriores. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma cooperativa y pacífica.

Los mediadores que colaboran en el proceso están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, manteniendo la transparencia del procedimiento y del pacto alcanzado. La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, avalado por la legislación vigente y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.

Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Tiene especial aplicación en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial. Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o dilaciones judiciales innecesarias. En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o evitar la exposición pública del conflicto.

En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rehusa la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información podrá ser revelada legalmente). Aunque la mediación es voluntaria, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.

El proceso de Mediación MASC en Los Palacios y Villafranca comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez acordado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión. En la primera sesión informativa, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones. Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de 30 días naturales.

El mediador levanta tanto un acta de comienzo donde consigna su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas. El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.

El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un documento y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes. Se podrá elevar a escritura pública (efectos ejecutivos), y si hay procedimiento judicial abierto, es susceptible de homologación procesal.

La extensión en el tiempo de la mediación extrajudicial en Los Palacios y Villafranca depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una vía rápida frente a la vía contenciosa, que suelen dilatarse de forma considerable. Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá superar el plazo legal de 90 días.

El precio del procedimiento de mediación suele repartirse entre las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas. En caso de procedimiento judicial con costas procesales, se podrá repercutir el MASC como gasto.

SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO

El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no han llegado a acuerdo. El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.

SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO

El mediador levanta el acta de cierre, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025. El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador. Si el asunto se encuentra en sede judicial o requiere convalidación judicial, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.

Preguntas frecuentes sobre mediación

Ya han trabajado con nosotros

Testimonios

Lo que nuestros clientes opinan

¡Recomendamos sus servicios!

Acudimos al servicio por un conflicto familiar y salimos con un acuerdo que nos ha devuelto la tranquilidad. Lo mejor fue lo fácil que nos lo pusieron todo, y la manera tan humana con la que nos trataron. Se nota que les importa que ambas partes salgan satisfechas. Una experiencia muy positiva.

Javier Villalta

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Villalta Abogados

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Nunca pensé que podríamos resolver nuestro conflicto de forma tan rápida y sin tener que pasar por un juicio. El proceso fue muy claro desde el principio, y tanto mi expareja como yo nos sentimos escuchados. El trato fue excelente y nos ayudaron a encontrar un acuerdo justo para ambos. Muy recomendable.

Isabel Hita

Isabel Hita

Hache y Hache Abogadas

Muy sencillo!

El servicio de mediación ha sido sorprendentemente sencillo. Me explicaron todo paso a paso, y en todo momento sentí que estaba en buenas manos. Gracias a la mediadora, conseguimos llegar a un entendimiento que antes parecía imposible. Trato cercano y muy profesional.

Cliente

Javier López

Puede contactar con nosotros en el número 900 494 917de forma gratuita.

Si lo desea, puede contactar a través de email enviándonos un email a info@Conciliacion MASC.es o rellenando este formulario

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