¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Lorca?
El procedimiento de mediación MASC en Lorca ofrece vías de resolución expeditivas, económicas y participativas en lugar del proceso judicial. Favorece el diálogo entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y permite alcanzar acuerdos personalizados que sustituyen el juicio ordinario.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC reducen el impacto emocional y coste económico a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con capacidad de evitar futuras controversias. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Lorca?
Los mediadores que colaboran en el proceso se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con formación y acreditación conforme a ley y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Tiene especial aplicación en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o prolongaciones injustificadas del litigio.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Lorca?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Lorca comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por mandato del tribunal competente. Una vez acordado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la sesión inicial de información, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un documento inicial donde hace constar su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las partes y el mediador.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —íntegro o fragmentario— en un acta de acuerdos y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (valor ejecutivo), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la Mediación MASC en Lorca depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una vía rápida frente a la vía contenciosa, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como derivaciones procesales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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