¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Martín de la Vega?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en San Martín de la Vega proporciona vías de resolución expeditivas, accesibles económicamente y cooperativas como alternativa al proceso contencioso. Favorece el diálogo entre las partes, reduce costes judiciales y permite alcanzar acuerdos personalizados que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC minimizan la tensión entre partes y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con capacidad de evitar futuras controversias. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Martín de la Vega?
Nuestros profesionales cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Intervienen con total neutralidad, asegurando la objetividad del proceso y del pacto alcanzado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Se recomienda promover en controversias patrimoniales disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Resulta especialmente útil en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Martín de la Vega?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador podrá certificar el intento de negociación, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información no es confidencial).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en San Martín de la Vega comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por derivación judicial. Una vez confirmado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera comparecencia, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un documento inicial donde hace constar sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de todos los participantes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —completo o limitado— en un acta de acuerdos y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si hay procedimiento judicial abierto, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación extrajudicial en San Martín de la Vega depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una vía rápida frente a el proceso jurisdiccional, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC suele repartirse entre las partes, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o aquellas instadas por órganos administrativos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de resolución judicial que imponga costas, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identificación completa de los intervinientes, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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