¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Fernando de Henares?
El procedimiento de mediación MASC en San Fernando de Henares garantiza vías de resolución expeditivas, menos costosas y cooperativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Fomenta la comunicación entre las partes, evita gastos propios del litigio y facilita soluciones a medida que impiden dilaciones innecesarias.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con capacidad de evitar futuras controversias. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Fernando de Henares?
El cuerpo de mediadores habilitados se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un experto independiente, con formación y acreditación conforme a ley y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en controversias patrimoniales disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Es de gran utilidad en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o dilaciones judiciales innecesarias.
En otras controversias, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Fernando de Henares?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador podrá certificar el intento de negociación, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en San Fernando de Henares comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez aceptado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera sesión informativa, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de apertura donde registra sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de todos los participantes.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un acta de acuerdos y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si el asunto está judicializado, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la Mediación MASC en San Fernando de Henares depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a el juicio ordinario, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de resolución judicial que imponga costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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