¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Andrés del Rabanedo?
El proceso de mediación regulado como MASC en San Andrés del Rabanedo proporciona vías de resolución expeditivas, económicas y basadas en el consenso en lugar del proceso judicial. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, evita gastos propios del litigio y propicia pactos adaptados a cada caso que impiden dilaciones innecesarias.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC limitan el conflicto interpersonal y coste económico a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con potencial de anticipar disputas posteriores. Se busca resolver los conflictos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Andrés del Rabanedo?
Los mediadores que colaboran en el proceso figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Intervienen con total neutralidad, manteniendo la transparencia del procedimiento y del consenso derivado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, avalado por la legislación vigente y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Resulta especialmente útil en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Andrés del Rabanedo?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rehusa la mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en San Andrés del Rabanedo comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez aceptado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera reunión, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un documento inicial donde registra sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las partes y el mediador.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —completo o limitado— en un acta de acuerdos y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (fuerza ejecutiva), y si hay procedimiento judicial abierto, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación regulada en San Andrés del Rabanedo depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC suele repartirse entre las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o derivadas desde instituciones públicas, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con los datos personales de las partes intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o debe homologarse, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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