¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Huétor-Tájar?
El proceso de mediación regulado como MASC en Huétor-Tájar brinda respuestas ágiles, accesibles económicamente y participativas frente a los tribunales. Fomenta la comunicación entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y permite alcanzar acuerdos personalizados que impiden dilaciones innecesarias.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC reducen el impacto emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con prevención de futuros conflictos. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Huétor-Tájar?
Los especialistas en mediación figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del acuerdo resultante.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, avalado por la legislación vigente y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Es de gran utilidad en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o dilaciones judiciales innecesarias.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Huétor-Tájar?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información no es confidencial).
Aunque la mediación es voluntaria, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Huétor-Tájar comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez admitido, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera reunión, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un documento inicial donde deja reflejada su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de los intervinientes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —completo o limitado— en un acta de acuerdos y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (capacidad ejecutoria), y si se tramita procedimiento en sede judicial, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación regulada en Huétor-Tájar depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el proceso jurisdiccional, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC es asumido equitativamente por las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como mediaciones judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de resolución judicial que imponga costas, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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