¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Churriana de la Vega?
La Mediación MASC en Churriana de la Vega proporciona vías de resolución expeditivas, menos costosas y cooperativas en lugar del proceso judicial. Favorece el diálogo entre las partes, evita gastos propios del litigio y propicia pactos adaptados a cada caso que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC reducen el impacto emocional y suponen un menor gasto a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con capacidad de evitar futuras controversias. La meta es solventar desacuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Churriana de la Vega?
Los mediadores que colaboran en el proceso cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Intervienen con total neutralidad, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, debidamente acreditado y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es de gran utilidad en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o dilaciones judiciales innecesarias.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Churriana de la Vega?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, especificando qué parte no ha acudido (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Churriana de la Vega comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por derivación judicial. Una vez aceptado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la sesión inicial de información, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un acta de comienzo donde deja reflejada sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —íntegro o fragmentario— en un instrumento escrito y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si se existe proceso judicial, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la Mediación MASC en Churriana de la Vega depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el juicio ordinario, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se distribuye de forma proporcional, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como mediaciones judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de resolución judicial que imponga costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identidad y el domicilio de las partes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o debe homologarse, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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