¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Puerto de Santa María?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Puerto de Santa María proporciona soluciones rápidas, económicas y cooperativas en lugar del proceso judicial. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y facilita soluciones a medida que impiden dilaciones innecesarias.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC reducen el impacto emocional y suponen un menor gasto a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con prevención de futuros conflictos. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Puerto de Santa María?
Nuestros profesionales están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del consenso derivado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con título habilitante conforme al marco legal y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Es idónea en controversias civiles o mercantiles.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Puerto de Santa María?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información no es confidencial).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Puerto de Santa María comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez admitido, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera reunión, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un documento inicial donde registra sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de los intervinientes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —total o parcial— en un acta final y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si se existe proceso judicial, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación extrajudicial en Puerto de Santa María depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora se distribuye de forma proporcional, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o aquellas instadas por órganos administrativos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o está sujeto a homologación procesal, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
Más información sobre mediaciones en Puerto de Santa María