¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Vilanova i la Geltrú?
El proceso de mediación regulado como MASC en Vilanova i la Geltrú brinda vías de resolución expeditivas, accesibles económicamente y cooperativas como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, evita gastos propios del litigio y facilita soluciones a medida que evitan largos procesos judiciales.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC minimizan la tensión entre partes y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con potencial de anticipar disputas posteriores. Se busca resolver los conflictos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Vilanova i la Geltrú?
Los especialistas en mediación cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del pacto alcanzado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, debidamente acreditado y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Es idónea en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o prolongaciones injustificadas del litigio.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Vilanova i la Geltrú?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador podrá certificar el intento de negociación, especificando qué parte no ha acudido (dicha información no es confidencial).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Vilanova i la Geltrú comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por derivación judicial. Una vez admitido, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera comparecencia, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un documento inicial donde deja reflejada sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de todos los participantes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —completo o limitado— en un acta final y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (capacidad ejecutoria), y si hay procedimiento judicial abierto, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación regulada en Vilanova i la Geltrú depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a la vía contenciosa, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC es asumido equitativamente por las partes, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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