¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Martorell?
La Mediación MASC en Martorell garantiza soluciones rápidas, accesibles económicamente y colaborativas como alternativa al proceso contencioso. Fomenta la comunicación entre las partes, reduce costes judiciales y admite resoluciones específicas y convenidas que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con potencial de anticipar disputas posteriores. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Martorell?
Nuestros profesionales se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del resultado negociado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, avalado por la legislación vigente y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es de gran utilidad en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o demoras evitables en la vía judicial.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Martorell?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información no es confidencial).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Martorell comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez aceptado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera sesión informativa, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un Acta inicial donde consigna sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las partes y el mediador.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —completo o limitado— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (capacidad ejecutoria), y si hay procedimiento judicial abierto, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación extrajudicial en Martorell depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a la vía contenciosa, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como mediaciones judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o está sujeto a homologación procesal, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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