¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Esplugas de Llobregat?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Esplugas de Llobregat garantiza vías de resolución expeditivas, de bajo coste y participativas frente a los tribunales. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, reduce costes judiciales y admite resoluciones específicas y convenidas que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC limitan el conflicto interpersonal y suponen un menor gasto a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Esplugas de Llobregat?
Nuestros profesionales figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del resultado negociado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o demoras evitables en la vía judicial.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Esplugas de Llobregat?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador podrá certificar el intento de negociación, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Esplugas de Llobregat comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por mandato del tribunal competente. Una vez admitido, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera sesión informativa, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un Acta inicial donde registra su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de los intervinientes.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un documento y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (efectos ejecutivos), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la Mediación MASC en Esplugas de Llobregat depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el proceso jurisdiccional, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como mediaciones judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.