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Empresa de mediación en Esplugas de Llobregat

Ante la necesidad de una mediación en Esplugas de Llobregat y acreditar el requisito previo de mediación, atendiendo al trámite obligatorio de la legislación aplicable (Ley Orgánica 1/2025), te prestamos asistencia jurídica. Somos abogados trabajando para abogados, con dilatada experiencia en el ámbito de la mediación judicial.

¿Cómo se tramita un procedimiento de mediación en Esplugas de Llobregat?

Llamada telefónica
Contacte con nosotros solicite el presupuesto de su MASC.
Correo
Nos comunicamos con los interesados para formar parte del MASC.
Pago
Una vez aceptado el presupuesto, se agenda día de reunión.
Mesa redonda
Celebración de las reuniones necesarias para la mediación.
Opinión
Elaboración del acta final con acuerdo o sin acuerdo del proceso de mediación.
Sello
Emisión de certificado de conclusión del MASC para los abogados.

Contacta con nosotros

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Fases del proceso MASC

PASO 1

Premediación Fase inicial en el que las partes solicitan la mediación con los agentes MASC. Se explican las ventajas de la mediación y se aporta información general sobre el proceso.

PASO 2

Firma acta constitutiva Reunión con el objetivo de recoger toda la información y organizar los puntos de partida de cada una de las partes.

PASO 3

Alternativas y negociación El mediador participa activamente para conocer las alternativas que darían paso a resolver el litigio..

PASO 4

Redacción de acuerdos y firma del acta Se cierra el proceso de mediación con la constitución en título ejecutivo de conformidad.

Nuestras tarifas

INICIO MEDIACIÓN

  • Sesión inicial de 1.30h de duración
  • Sesión informativa e inicio proceso
  • Certificado no injerencia cliente
  • Propuesta nueva sesión mediación
  • Acta de sesión constitutiva
Desde 100+IVA(*) cada parte

+ SESIÓN ADICIONAL

  • Sesión de 1h de duración
  • Resumen asuntos tratados
  • Continuación proceso mediación
  • Resumen acta del día
  • Propuesta nueva sesión mediación
Desde 90+IVA cada parte

ACTA FINAL Y ACUERDOS

  • Sesión de 1h de duración
  • Resumen asuntos tratados
  • Cierre del proceso
  • Resumen acta final
  • Emisión certificado y factura
Desde 80+IVA cada parte

CERTIFICADO MASC

Certificación MASC del intento o proceso de mediación conforme a la Ley 1/2025, de 15 de enero, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Plena validez.

Incluido en el precio de la mediación. Sin sobrecostes.

GRATIS
(*) El precio es por cada parte y no incluye IVA. Mediaciones especiales/mercantiles/empresariales serán presupuestadas en función de la cuantía, las partes y/o la dificultad del asunto. En caso de no llegar a un acuerdo, se emitirá un certificado de mediación sin coste adicional.

¿Por qué usar Conciliacion MASC.com como empresa mediadora?

¿Qué son los Instrumentos extrajudiciales de resolución de litigios (MASC)?

Los sistemas no contenciosos engloban un grupo de mecanismos alternativos al proceso judicial contencioso, cuyo fin esencial es poner fin al conflicto a través de la colaboración y el consenso de las partes implicadas.

A través de los instrumentos extrajudiciales, el representante legal puede proponer métodos no contenciosos, salvaguardar los lazos contractuales y ofrecer a su cliente una respuesta válida conforme a derecho.

Obligatoriedad de los MASC en procedimientos civiles en Esplugas de Llobregat

Uno de los cambios significativos de la normativa 1/2025 es la imposición obligatoria de los MASC en determinados procedimientos civiles y mercantiles.

De acuerdo con el nuevo precepto 2.2, antes de instaurar un procedimiento contencioso, será necesario acreditar haber intentado una solución extrajudicial del conflicto a través de un mecanismo alternativo, salvo en los siguientes excepciones:

  • Si se aprecia amenaza contra los bienes o la persona de una de las partes.
  • Cuando la cuestión afecte a derechos no disponibles por las partes.
  • En casos de urgencia o caducidad inminente.
  • Cuando el interesado ya haya participado en una mediación infructuosa en los seis meses anteriores.

¿Cómo puede ayudar la mediación a los abogados de Esplugas de Llobregat?

La intervención mediadora, dentro del conjunto de instrumentos alternativos, se presenta como una oportunidad estratégica para los abogados, quienes no solo pueden orientar a sus representados hacia este procedimiento, sino que también pueden tomar parte como profesionales del derecho.

Entre las bondades prácticas que ofrece la vía negociada al jurista, destacamos:

  • Dominio sobre el desarrollo del procedimiento, al no depender de una determinación del juzgado.
  • Continuidad de relaciones jurídicas en controversias continuadas.
  • Agilización del proceso, en comparación con la intervención judicial.
  • Refuerzo del asesoramiento jurídico al cliente, presentando distintas vías.
  • Satisfacción del representado, al ofrecer un tratamiento moderno del caso.

CONTACTA CON NOSOTROS

Dudas habituales sobre Mediación en Esplugas de Llobregat

El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Esplugas de Llobregat garantiza vías de resolución expeditivas, de bajo coste y participativas frente a los tribunales. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, reduce costes judiciales y admite resoluciones específicas y convenidas que eluden procedimientos judiciales prolongados. Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC limitan el conflicto interpersonal y suponen un menor gasto a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma dialogada y consensuada.

Nuestros profesionales figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del resultado negociado. La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.

Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales. Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o demoras evitables en la vía judicial. En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o mantener la privacidad del asunto.

En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador podrá certificar el intento de negociación, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad). Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.

El proceso de procedimiento de mediación en Esplugas de Llobregat comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por mandato del tribunal competente. Una vez admitido, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial. En la primera sesión informativa, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados. Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de un mes natural.

El mediador elabora tanto un Acta inicial donde registra su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de los intervinientes. El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.

El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un documento y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes. Cabe su protocolización ante notario (efectos ejecutivos), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.

La extensión en el tiempo de la Mediación MASC en Esplugas de Llobregat depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el proceso jurisdiccional, que pueden prolongarse durante años. Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, no podrá superar el plazo legal de 90 días.

El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como mediaciones judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, es posible acceder a tarifas bonificadas. En caso de litigio contencioso con condena en costas, es posible reclamar el coste del MASC.

SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO

El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo. El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.

SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO

El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025. El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador. Si el asunto se encuentra en sede judicial o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.

Preguntas frecuentes sobre mediación

Ya han trabajado con nosotros

Testimonios

Lo que nuestros clientes opinan

¡Recomendamos sus servicios!

Acudimos al servicio por un conflicto familiar y salimos con un acuerdo que nos ha devuelto la tranquilidad. Lo mejor fue lo fácil que nos lo pusieron todo, y la manera tan humana con la que nos trataron. Se nota que les importa que ambas partes salgan satisfechas. Una experiencia muy positiva.

Javier Villalta

Javier Villalta

Villalta Abogados

Resolutivos y eficientes

Nunca pensé que podríamos resolver nuestro conflicto de forma tan rápida y sin tener que pasar por un juicio. El proceso fue muy claro desde el principio, y tanto mi expareja como yo nos sentimos escuchados. El trato fue excelente y nos ayudaron a encontrar un acuerdo justo para ambos. Muy recomendable.

Isabel Hita

Isabel Hita

Hache y Hache Abogadas

Muy sencillo!

El servicio de mediación ha sido sorprendentemente sencillo. Me explicaron todo paso a paso, y en todo momento sentí que estaba en buenas manos. Gracias a la mediadora, conseguimos llegar a un entendimiento que antes parecía imposible. Trato cercano y muy profesional.

Cliente

Javier López

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Si lo desea, puede contactar a través de email enviándonos un email a info@Conciliacion MASC.es o rellenando este formulario

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