¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en La Puebla?
La Mediación MASC en La Puebla proporciona alternativas diligentes, menos costosas y cooperativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Fomenta la comunicación entre las partes, minimiza los gastos procesales y propicia pactos adaptados a cada caso que sustituyen el juicio ordinario.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en La Puebla?
Los mediadores que colaboran en el proceso están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del resultado negociado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con título habilitante conforme al marco legal y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en controversias patrimoniales disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Tiene especial aplicación en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o demoras evitables en la vía judicial.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en La Puebla?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en La Puebla comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez admitido, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la sesión inicial de información, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un Acta inicial donde hace constar su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de todos los participantes.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un acta final y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (capacidad ejecutoria), y si el asunto está judicializado, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la Mediación MASC en La Puebla depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una vía rápida frente a los procedimientos judiciales, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC es asumido equitativamente por las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o derivadas desde instituciones públicas, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o requiere convalidación judicial, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
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