¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Vera?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Vera proporciona vías de resolución expeditivas, menos costosas y basadas en el consenso en lugar del proceso judicial. Fomenta la comunicación entre las partes, reduce costes judiciales y facilita soluciones a medida que sustituyen el juicio ordinario.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC reducen el impacto emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con efecto disuasorio de nuevos litigios. Se busca resolver los conflictos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Vera?
Nuestros profesionales figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, avalado por la legislación vigente y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es de gran utilidad en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o prolongaciones injustificadas del litigio.
En otras controversias, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Vera?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rehusa la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Vera comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por mandato del tribunal competente. Una vez aceptado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera comparecencia, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un documento inicial donde hace constar su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (capacidad ejecutoria), y si se existe proceso judicial, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación como MASC en Vera depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a la vía contenciosa, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se divide salvo pacto en contrario, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o aquellas instadas por órganos administrativos, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con los datos personales de las partes intervinientes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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