¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Sant Joan d'Alacant?
El proceso de mediación regulado como MASC en Sant Joan d'Alacant brinda alternativas diligentes, menos costosas y colaborativas frente a los tribunales. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con efecto disuasorio de nuevos litigios. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Sant Joan d'Alacant?
El cuerpo de mediadores habilitados se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Intervienen con total neutralidad, protegiendo la imparcialidad del trámite y del consenso derivado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Es idónea en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Sant Joan d'Alacant?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, especificando qué parte no ha acudido (dicha información no es confidencial).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Sant Joan d'Alacant comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por derivación judicial. Una vez acordado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera sesión informativa, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de apertura donde deja reflejada su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las personas implicadas.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (valor ejecutivo), y si se existe proceso judicial, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación como MASC en Sant Joan d'Alacant depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a los procedimientos judiciales, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC se divide salvo pacto en contrario, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o canalizadas por organismos públicos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de resolución judicial que imponga costas, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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