¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Ibi?
El proceso de mediación regulado como MASC en Ibi proporciona soluciones rápidas, accesibles económicamente y cooperativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, evita gastos propios del litigio y facilita soluciones a medida que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC limitan el conflicto interpersonal y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con capacidad de evitar futuras controversias. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Ibi?
Nuestros profesionales están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Intervienen con total neutralidad, manteniendo la transparencia del procedimiento y del acuerdo resultante.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, debidamente acreditado y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es idónea en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o retratos innecesarios en el proceso.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Ibi?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Ibi comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por mandato del tribunal competente. Una vez admitido, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera comparecencia, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un acta de comienzo donde registra su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de todos los participantes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —completo o limitado— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (fuerza ejecutiva), y si hay procedimiento judicial abierto, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación regulada en Ibi depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora se distribuye de forma proporcional, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como derivaciones procesales o extrajudiciales por derivación institucional, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identidad y el domicilio de las partes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o está sujeto a homologación procesal, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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