¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Órdenes?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Órdenes garantiza soluciones rápidas, económicas y colaborativas en lugar del proceso judicial. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, reduce costes judiciales y propicia pactos adaptados a cada caso que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC permiten un menor desgaste emocional y coste económico a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con prevención de futuros conflictos. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Órdenes?
El cuerpo de mediadores habilitados se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del consenso derivado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un experto independiente, con título habilitante conforme al marco legal y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en controversias patrimoniales disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Tiene especial aplicación en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o retratos innecesarios en el proceso.
En otras controversias, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Órdenes?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la mediación es voluntaria, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en Órdenes comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez admitido, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la sesión inicial de información, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un documento inicial donde hace constar sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las partes y el mediador.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —total o parcial— en un acta de acuerdos y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (fuerza ejecutiva), y si se existe proceso judicial, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación regulada en Órdenes depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a los procedimientos judiciales, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se divide salvo pacto en contrario, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como mediaciones judiciales o canalizadas por organismos públicos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o está sujeto a homologación procesal, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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